Cosas a tener en cuenta

¿Qué es lo que se debe tener en cuenta antes de contratar un seguro de vida?

Es posible que la compañía realice una valoración médica sobre tu estado de salud y, en función del resultado, pueden variar las condiciones del seguro. De forma general, los precios del seguro están sujetos siempre a la validación por parte de la compañía de seguros y pueden sufrir cambios. Por eso antes de contratarlo es importante tener en cuenta lo siguiente:

El cuestionario médico

El cuestionario médico. Se trata de un documento con una serie de preguntas sobre tu estado de salud, al que debes contestar con veracidad para que la aseguradora te permita contratar el seguro. Si la aseguradora lo considera oportuno, una vez solicitada tu póliza, los asesores especialistas en seguros de vida te llamarán por teléfono para hacerte preguntas sobre tu estado de salud actual. Es muy importante que esté debidamente cumplimentado y firmado por el asegurado para no tener problemas con la aseguradora, ya que en muchos casos, sobre todo con las pólizas que se firman «a la fuerza» con las entidades financieras, este documento se pasa por alto y aunque la jurisprudencia y sobre todo la Ley de Contrato de seguro es «proteccionista» y beneficia al asegurado, antes de ir a juicio, es preferible rellenar de forma veraz este cuestionario.

Las revisión médica

La revisión médica. Si tienes una edad determinada, o bien quieres contratar un capital por encima de  100.000 €, o has indicado que tienes alguna enfermedad, o has sido intervenido quirúrgicamente… la aseguradora, antes de contratar el seguro, pedirá para ti una revisión médica. La revisión médica se suele hacer en un centro concertado por la compañía de seguros cercano al domicilio del asegurado, donde realizarán un completo examen médico que luego mandarán a la compañía.

La edad máxima de salida

La edad máxima de salida. Los seguros de vida, en general, finalizan a los 65-70 años; es decir, en este momento la póliza de seguro vence y ya no se van a cobrar más recibos.

La edad máxima de contratación

La edad máxima de contratación. Habitualmente, son 60 años, aunque podremos encontrar alguna aseguradora que permitan la contratación a esta edad, pero será a unos precios muy elevados.

¿Desde qué edad se puede contratar?

¿Desde qué edad se puede contratar un seguro de vida? Desde los 14 o 18 años, dependiendo de la aseguradora.

¿cuando finaliza?

¿Cuándo finaliza un seguro de vida? Generalmente, a los 65 años, si el que lo contrató no ha fallecido antes. Si fallece antes de esa edad, el seguro termina en el momento que los beneficiarios cobren el capital asegurado.

¿Que duración tiene?

¿Cuál es la duración de un seguro de vida? La duración del contrato puede ser de un mínimo de un año y un máximo de 51 años. La vigencia es anual y se prorroga automáticamente si no se indica lo contrario. El contrato se puede cancelar en cualquier momento una vez transcurridos los seis primeros meses de vigencia del seguro.

¿Que es la sobreprima?

¿Qué es la sobreprima? Las aseguradoras cobran sobreprima a sus clientes cuando, por ejemplo, el asegurado se considera «riesgo agravado», bien porque su profesión tiene un riesgo mayor o se dedica a actividades arriesgadas o bien por su edad.

¿Que son actividades de riesgo?

Actividades de riesgo. Se considera actividad de riesgo en el seguro de vida aquella en la que el índice de peligrosidad es elevado y, por tanto, el riesgo de padecer un accidente o enfermedad es mucho mayor. En estos casos, las aseguradoras, antes de contratar el seguro, indican a sus clientes que se trata de un riesgo agravado, por el cual le cobrarán una sobreprima. Estas son algunas de las actividades de riesgo por las que las aseguradoras excluyen la contratación o bien la permiten, pero con sobreprima: boxeo, puenting, alpinismo, aviación, espeleología, hípica, inmersiones submarinas, jockey, motociclismo, motonáutica, paracaidismo, etc.

¿Cuales son profesiones de riesgo?

Profesiones de riesgo. Se considera profesión de riesgo en el seguro de vida aquella en la que el índice de peligrosidad es elevado y el riesgo de padecer un accidente es mucho mayor, por ejemplo: bombero, guardia civil, policía, capataz de mina, aviación general, arqueólogo, militar, minero, conductor, periodista en el extranjero, charcutero, pescador, electricista, instalador o reparador de aparatos eléctricos, de gas, de ventanas, etc. En estos casos, las aseguradoras, antes de contratar el seguro, indican a sus clientes que se trata de un riesgo agravado por el cual le cobrarán una sobreprima.

¿Quien cobra el seguro de vida cuando se produce el fallecimiento?

¿Quién cobra el seguro? El seguro de vida, en caso de fallecimiento del asegurado, lo cobrarán los beneficiarios indicados en el propio seguro. Cuando se contrata, se debe hacer una designación de los beneficiarios: cónyuge, hijos, herederos legales, otros…  Si no se ha designado ningún beneficiario, lo cobrarán en todos los casos los herederos legales. En caso de supervivencia del asegurado y si este sufre una enfermedad o accidente que lo imposibilita para cualquier trabajo y, por tanto, sufre una incapacidad permanente absoluta, el seguro lo cobra el propio asegurado.

¿Desgravan?

¿Cuándo desgravan los seguros de vida? Pueden desgravarse las primas aportadas en el año como gasto deducible en el apartado de rendimientos de capital inmobiliario, siempre que dicho gasto hubiera sido necesario para la adquisición de la vivienda.

¿Que se paga a hacienda?

¿Cómo tributan a hacienda? Si como beneficiario del seguro de vida recibes un capital, su tributación dependerá de la normativa de la Comunidad Autónoma correspondiente. En todo caso, estaría sujeto al impuesto de sucesiones o donaciones, impuesto que en algunas comunidades ha desaparecido. Existen importantes variaciones en función del parentesco.

¿Cuando se cobran?

¿Cuándo se cobran los seguros de vida? Los seguros de vida se cobran cuando el asegurado fallece o bien cuando el asegurado sufre una invalidez que esté contratada en el seguro, en ese caso el beneficiario es el propio asegurado.

¿Se puede tener más de un seguro de vida?

¿Podemos tener más de un seguro de vida? Se pueden tener cuantos seguros de vida se deseen, ya que, al contrario que los riesgos materiales, la vida no se puede «valorar».

¿Se cobran todos los seguros de vida?

¿Y los beneficiarios cobran por todas las pólizas? Sí, cuando existen varias. Los seguros de vida no son concurrentes, es decir, se indemnizará por todas y cada de una de las pólizas que el asegurado tenga en vigor en el momento de producirse el fallecimiento.

Seguro de vida y Seguro de decesos

¿Se puede tener un seguro de vida y decesos? Sí, no son seguros incompatibles, aunque hay algunos seguros de vida que ya destinan un capital para pagar el entierro y los gastos del sepelio.

¿Que es la revalorizaron?

¿Qué es la revalorización de los capitales contratados? Como su propio nombre indica, se trata de ir incrementando año a año el valor del capital contratado en el inicio del seguro, se pacta con la aseguradora al inicio del contrato y se va revalorizando según el IPC o un porcentaje estipulado en la póliza, fijo para todos los años. Esta revalorización es opcional, de manera que también puede contratarse un seguro de vida sin revalorización, en el que siempre tendremos asegurado el mismo capital (el que contratemos al inicio de la póliza).

 

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