¿Cuándo se cobra un seguro de vida?

El seguro de vida se cobra cuando se fallece, aunque lo cobran los beneficiarios que estén designados en el contrato de seguro. Ahora bien siempre que hablemos de un seguro de vida-riesgo, es decir un seguro que cubra el fallecimiento del asegurado por CUALQUIER CAUSA.

Por eso lo primero que tenemos que tener claro antes de cobrar un seguro de vida  es si somos los beneficiarios (o alguien cercano a nosotros) Si no se hubiera nombrado un beneficiario en concreto, serán los herederos legales del fallecido quienes podrán cobrar el seguro de vida.  Los datos de entes especializados dejan ver que “unas 30.000 familias todos los años salen de una situación preocupante gracias a tener un seguro de vida»

¿Cuándo se cobra un seguro de vida?

Cuando el asegurado fallece.

Aunque el verbo utilizado no es del todo correcto, podríamos decir que el seguro de vida se «liquida» cuando el asegurado fallece y se indemniza a los beneficiarios del mismo por el capital asegurado. Si se ha contratado además la invalidez será el propio asegurado quien tenga derecho a la prestación.

Para que quede totalmente claro os dejamos las pautas a seguir

  • Acudir al Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento, un organismo dependiente del Ministerio de Justicia, donde presentando el certificado de defunción del titular podremos conocer si existen pólizas de seguro a su nombre con cobertura de fallecimiento. (se puede hacer también por correo)

Según diferentes estudios el 10% de las pólizas de seguro de vida no se cobran por desconocimiento del beneficiario. Por ello, es muy aconsejable

  • Siete días después de esta solicitud, el Registro emitirá un certificado en el que figurarán los contratos vigentes y la compañía aseguradora con la que se hayan efectuado. El solicitante recibirá dicho certificado del mismo modo en el que lo haya solicitado.
  • Después se debe acudir compañía aseguradora que corresponda y conocer quién es el beneficiario del seguro de vida y que pueda poner en marcha el cobro del mismo.
  • El pago del Impuesto sobre Sucesiones, que siempre debe realizarse ante la recepción de cualquier tipo de herencia, la compañía aseguradora no abonará la cantidad a cobrar por el beneficiario hasta que se justifique el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

¿Quién es el beneficiario del seguro de vida?

Puede ser el propio asegurado en caso de invalidez o quien el asegurado designe en caso de fallecimiento.

 

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